Amenazas en Segundo Grado: Ley Penal de Nueva York 120.14
A diferencia del delito menor de Amenaza, la Ley Penal de Nueva York 120.14, Amenaza en Segundo Grado, es un crimen que puede fácilmente llevarlo a la cárcel por cualquier tiempo entre un día y un año. Un delito menor «A», al igual que su primo menor de Amenaza en Tercer Grado, si usted es condenado por NY PL 120.14 tendrá un antecedente penal que no se borrará más tarde en la vida o desaparecerá con el tiempo. Debe quedar muy claro que las consecuencias directas y colaterales de una acusación, arresto, juicio o condena por Amenazas en Tercer Grado son de gran alcance no sólo para su libertad, sino para su reputación y su medio de vida.
- Amenaza en Tercer Grado: Ley Penal de Nueva York 120.15
Amenaza en Segundo Grado: Definición de la Ley Penal de Nueva York 120.14
A pesar de sus similitudes con NY PL 120.15, Amenaza en Segundo Grado es mucho más amplia y abarca muchos más actos delictivos.
Usted es culpable de NY PL 120.14 cuando:
- Usted intencionalmente coloca o intenta colocar a otra persona en un temor razonable de lesión física, lesión física grave o muerte mostrando un arma mortal, un instrumento peligroso o lo que parece ser una pistola, un revólver, un rifle, una escopeta, una ametralladora u otra arma de fuego; o
- Usted sigue repetidamente a una persona o participa en un curso de conducta o comete repetidamente actos durante un período de tiempo colocando o intentando colocar a otra persona en un temor razonable de lesión física, lesión física grave o muerte; o
- Usted comete el delito de Amenaza en Tercer Grado en violación de la parte de una orden de protección debidamente notificada, o dicha orden de la que el demandado tiene conocimiento real porque estaba presente en el tribunal cuando se emitió dicha orden, o una orden de protección emitida por un tribunal de jurisdicción competente en otro estado, jurisdicción territorial o tribal, que ordenó al demandado o demandada que se mantuviera alejado de la persona o personas en cuyo nombre se emitió la orden.
Amenaza en segundo grado: Análisis Adicional de los Elementos
Como puede ver, hay muchos términos o palabras utilizadas en el Estatuto de Amenazas en Tercer Grado que pueden no tener el mismo significado que el que usted utiliza en su vida cotidiana.
La subsección dos (2) hace referencia al «instrumento peligroso». No es un arma real, un instrumento peligroso es algo que puede ser fácilmente utilizado para causar una lesión física grave o la muerte. Además, esta sección también menciona «lesión física» y «lesión física grave». Mientras que la primera se define con mayor detalle en la sección de Amenazas en Tercer Grado y en la sección de Agresión en Tercer Grado de este sitio web, las lesiones físicas graves van mucho más allá. Una lesión física grave es aquella que puede causar la muerte o provoca problemas de salud protegidos y desfiguración.
Otros términos y teorías son también dignos de mención. «Miedo razonable» es generalmente un caso o hecho específico, pero si el miedo es razonable es algo que su abogado penalista necesita desglosar. Aunque es un ejemplo poco realista, ¿sería razonable tener ese miedo a las lesiones físicas si usted amenazara a otra persona con una almohada a tres metros de distancia? ¿Qué tal un martillo desde un pie?
Amenaza en segundo grado: Órdenes de protección
Las órdenes de protección y las órdenes de alejamiento entran en juego en dos frentes en una detención por amenaza en tercer grado. En primer lugar, si existe una orden de protección a favor del demandante y usted viola esa orden mediante amenaza física, es decir, comete Amenaza en Tercer Grado (Ley Penal de Nueva York 120.15), su delito se eleva a la Ley Penal de Nueva York 120.15(3).
Más allá del fundamento del delito, si usted comete cualquier delito de Amenaza en Nueva York y la parte acusadora es conocida por usted, habrá una orden de protección emitida por un juez. Esta orden limitará o impedirá cualquier contacto con el denunciante. Tanto si vive con él o ella como si conoce a la persona tangencialmente, si viola la orden del tribunal es muy probable que se encuentre acusado de Desacato Criminal, un delito de igual o mayor gravedad.
En caso de que necesite modificar la orden de alejamiento, si bien es posible que no se haga por completo en el juzgado la primera vez que vea al juez, se puede hacer alguna previsión de contacto incidental o someter la orden a una orden secundaria en el Juzgado de Familia.
Amenaza en Segundo Grado: Violencia Doméstica
Simple y al punto, si su caso involucra una situación doméstica, la policía o un detective lo arrestará y averiguará todos los hechos después. En Nueva York, la policía de Nueva York trata todas las acusaciones domésticas, independientemente de su gravedad, como «debe arrestar»
- Leyes de Violencia Doméstica de Nueva York, Delitos & Defensa Penal
Amenaza en Segundo Grado: Otros Crímenes Potenciales
Debido a la naturaleza de cualquier arresto por Amenaza en Segundo Grado, otros crímenes son rutinariamente acusados en la misma queja. La mayoría de estos delitos no sólo son iguales a NY PL 120.14 en cuanto a castigo y sentencias, sino que llevan el mismo estigma debilitante.
- Cuarto Grado de Posesión Criminal de un Arma: Ley Penal de Nueva York 265.01
- Segundo Grado de Desacato Criminal: Ley Penal de Nueva York 215.50
- Asalto en tercer grado: Ley Penal de Nueva York 120.00
Otros Recursos
Los abogados penalistas de Nueva York y los ex fiscales adjuntos de Manhattan reconocen que no hay sustituto para el conocimiento, la defensa y la experiencia. Sin embargo, el siguiente recurso puede ser útil:
- Crímenes de acoso de Nueva York & Miedo: Sección principal
- Sitio web de CrottySaland.Com
- Información de multas de comparecencia de la ciudad de Nueva York
- NewYorkCriminalLawyerBlog.Com (se puede buscar por código y título de la Ley Penal de Nueva York)
Protéjase, proteja a su familia y su futuro de una acusación falsa, exagerada o fuera de contexto de Amenaza en Segundo Grado. No agrave su precaria situación tratando de evitar un arresto con la policía. Póngase en contacto con un abogado penalista de Nueva York con el conocimiento práctico y legal y la experiencia para abogar por su defensa. Póngase en contacto con los abogados penalistas de Nueva York y ex fiscales de Manhattan en Crotty Saland PC.
- Arrestos y condenas penales en Nueva York: Consecuencias de Inmigración
Llame a los abogados penalistas de Nueva York y ex fiscales de Nueva York al 212-312-7129 o póngase en contacto con nosotros en línea hoy
Elizabeth Crotty me representó por un cargo de asalto de delito menor y lo consiguió completamente desestimado y sellado. Ella se tomó el tiempo para escuchar mi lado de la historia, entender lo que mis preocupaciones eran, y trabajó conmigo en una estrategia para el éxito. Ella claramente expuso todo el proceso que íbamos a pasar juntos, y ella explicó plenamente todos los posibles resultados y qué esperar en cada paso del proceso… Vincent
Elizabeth me representó en un asunto de asalto y fue capaz de convencer al Asistente del Fiscal del Distrito para despedir a mi caso en cuestión de semanas. Además, ella fue capaz de hacerlo por menos de lo que estaba previsto en el gasto en mi caso. Estoy más que agradecido por su increíblemente rápida y atenta capacidad de respuesta y comunicación, ya que hizo todo el calvario lo menos doloroso posible … William
Jeremy respondió a su teléfono a las 3 de la mañana para ayudar a asegurar la liberación de mi hijo sin fianza, en cuestión de horas. Se dirigió directamente a las personas que importaban y mantuvo a mi hijo informado en las celdas, dándole esperanzas cuando nadie se comunicaba con nosotros. Fue útil hasta el extremo; muy amable; muy tranquilizador para mi hijo; muy seguro de que sería liberado. El hecho de que respondiera al teléfono, en la cama, a las 3 de la mañana, cuando estaba dormido, fue impresionante… Sarah