En general, los vehículos de motor están sujetos a impuestos en la ciudad o pueblo en el que, en el curso normal de su operación, salen y regresan con mayor frecuencia o permanecen, aunque la ley estatal establece algunas excepciones a esta regla general (Capítulo 203 – Sec. 12-71).
Autorización para vehículos de motor
Los residentes/contribuyentes que requieren «autorización» para registrar un vehículo de motor o renovar el registro con el DMV del Estado de Connecticut deben estar al día con sus impuestos. Si un residente/contribuyente tiene algún saldo pendiente, todas las cuentas deben ser pagadas en su totalidad. Las formas de pago aceptables son efectivo, giro postal o fondos bancarios certificados.
Si el pago se realiza en persona o en línea con un cheque personal, se proporcionará una «autorización» después de 10 días hábiles desde la recepción del cheque. Puede solicitar que se le envíe la «autorización» directamente por correo o puede pasar a recogerla una vez transcurridos los 10 días.
Si el pago se realiza con una tarjeta de débito o de crédito en línea, debe imprimir su(s) confirmación(es) y llevarla(s) a la Recaudación de Impuestos para obtener su autorización. Esto puede tomar hasta dos días hábiles para que los pagos sean contabilizados en su(s) cuenta(s) para obtener una «autorización».
Evaluación de Vehículos de Motor
La evaluación de un vehículo de motor es el 70% de su valor promedio de venta al público. Por lo general, los tasadores utilizan los valores medios de venta al público que la Asociación Nacional de Concesionarios de Automóviles (NADA) recopila anualmente. Los tasadores son responsables de determinar el valor de cualquier vehículo de motor para el cual la Guía NADA no proporciona un valor promedio de venta al por menor.
Todos los vehículos de motor que un contribuyente posee en una fecha de evaluación están sujetos a impuestos, independientemente de si el Departamento de Vehículos de Motor emite un registro de Connecticut para ellos. Los impuestos de dichos vehículos deben pagarse el 1 de julio siguiente. Los vehículos de motor registrados después del 1 de octubre también están sujetos a impuestos. La evaluación de un vehículo registrado entre el 1 de noviembre y el 31 de julio siguiente, que representa sólo una parte del año de evaluación, se incluye en una gran lista suplementaria. Los impuestos de la gran lista suplementaria se deben pagar el 1 de enero siguiente a la conclusión del año de evaluación en el que se produce el registro de estos vehículos.
Reducción del impuesto sobre la propiedad
Vender un vehículo
Una reducción o crédito del impuesto sobre la propiedad está disponible cuando un contribuyente vende un vehículo de motor y no lo sustituye por otro vehículo. Si un contribuyente sustituye un vehículo por otro, el tasador reduce la tasación del vehículo de sustitución en la gran lista suplementaria para reflejar el crédito (Capítulo 203 – Sec. 12-71b).
Vehículo destruido o registrado en otro estado
También se dispone de una reducción o crédito del impuesto sobre la propiedad por un vehículo totalmente destruido y por un vehículo que un contribuyente registra en otro estado cuando el contribuyente se convierte en residente de ese estado durante un año de evaluación. Los contribuyentes deben reclamar este crédito dentro del plazo que prescribe la ley estatal (Capítulo 203 – Sec. 12-71c).